El Principado ofrece estabilizar 1.106 profesores interinos en cinco años
Según Suatea y UGT, esta propuesta queda por debajo de las expectativas generadas
La Consejería de Educación ha trasladado hoy su propuesta de aplicación en Asturias del Acuerdo para la mejora del Empleo Público firmado por sindicatos y Gobierno central, que contempla 1.106 plazas de docentes interinos para integrar la denominada tasa adicional para la estabilización temporal.
Según Suatea y UGT, esta Oferta de Empleo Público para cinco años entre los diferentes cuerpos docentes (Maestros 702, Secundaria 284, Formación Profesional 72, Música y artes escénicas 24, Escuelas Oficiales de Idiomas 5, Artes plásticas y diseño 15 y maestros de taller 3) queda por debajo de las expectativas generadas.
Suatea cuestiona también que la oferta del Principado no reduzca la temporalidad al 8 por ciento como preveía el acuerdo estatal pese a que, según sus datos, la tasa existente en la administración autonómica se sitúa actualmente en el 30 por ciento.
Además, aboga porque esta convocatoria sirva para facilitar el proceso de consolidación en el empleo del personal interino que ocupa las plazas y pide que ante una convocatoria extraordinaria como la actual, se proceda a una regulación específica del sistema de acceso que reconozca y valore la experiencia docente que viene desarrollando el personal interino desde hace años.
Por su parte, UGT, que incide en que a la cifra de 1.109 plazas hay que sumar aquella que se derive de la tasa de reposición correspondiente, pide también que se establezcan negociaciones entre las distintas comunidades para acompasar las Ofertas de Empleo Público en lo que respecta a Cuerpos y Especialidades a convocar.
Así, reclaman que, en la medida de lo posible, coincidan la fecha de los exámenes en las distintas comunidades y que las especialidades que vayan a ser objeto de oposición sean conocidas lo antes posible.
Respecto al sistema de acceso a las plazas, la central ugetista plantea que las pruebas no sean eliminatorias, que se incremente la fase de concurso frente a la de oposición en la calificación global del procedimiento selectivo respetando el equilibrio de méritos, capacidad e igualdad.