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Fuente: EFE, 11 de abril. 2017 18:49

Castillejo se declara inocente ante la jueza por la querella del SOMA

El juzgado deniega la última diligencia probatoria de Castillejo

El Juzgado de Instrucción nº 2 de Oviedo ha dictado un auto en el que deniega la última diligencia probatoria solicitada por Pedro Castillejo, investigado en el caso Villa, en cuyo proceso judicial el exsecretario de Infide ha declarado hoy a petición propia para rechazar haber cometido apropiación indebida.

Castillejo aportó 2.000 folios de documentación para justificar esos gastos, que las partes han tenido que estudiar.

En declaraciones a los periodistas tras declarar durante una hora y media ante el juez, el ex secretario de la Fundación para la Formación, la Investigación, la Documentación y los Estudios Sociales (Infide) ha sostenido que no tiene "nada que ocultar" y se ha confesado "inocente" de los cargos de los que se le acusa ante la querella presentada por el SOMA-UGT por apropiación indebida.

Castillejo se ha reiterado en las declaraciones realizadas la pasada semana cuando finalmente no ha declarado en el juzgado, en las que ha sostenido que todos los gastos realizados corresponden a trabajos de Infide, y aquellos que el SOMA le demandó.

Ha sostenido que actuó siguiendo las "mismas directrices" por las que se regía el sindicato minero en cuanto a los criterios de justificación de gastos.

"Sigo sin entender por qué contra mí", se ha preguntado Castillejo, que ha indicado que "hay gastos sin justificar de 260.000 euros en el informe económico, sin que nadie pidiera responsabilidad por esa falta de justificación".

El auto judicial del Juzgado de Instrucción número dos determina que durante el tiempo transcurrido desde el inicio de la instrucción y desde la aportación de los documentos que acompañaban a la querella inicial como a la ampliación a la querella, el acusado ha tenido suficientes momentos procesales para solicitar o aportar los medios de prueba que estimaba pertinentes para su defensa.

Así, añade que no se estima que ha concurrido limitación alguna a la aportación o a la solicitud de medios probatorios que impliquen una desigualdad con las restantes partes procesales, ni de igual modo concurre vulneración alguna de su derecho de defensa en ninguna de las resoluciones dictadas.

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