Excepciones temporales a los tiempos de conducción y descanso en el transporte de mercancías por la dana
El límite de conducción diaria pasa de un máximo de nueve a 11 horas
Debido a la situación provocada por la dana en las carreteras, se han establecidos excepciones temporales a los tiempos de conducción y descanso en el transporte de mercancías. Así lo publica hoy el Boletín Oficial del Estado.
El límite de conducción diaria pasa de un máximo de nueve a 11 horas y se reduce el requisito de descanso de 11 horas a nueve.
Se aplica a las operaciones de transporte en Andalucía, Comunidad Valenciana y Castilla-La Mancha, así como a las operaciones desde cualquier parte del territorio nacional que sean necesarias para el suministro y abastecimiento de las zonas afectadas.