Fuente: EFE, 1 de abril. 2025 22:11

Los cambios en la jubilación activa, parcial y demorada entran en vigor

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    • 0:00Si los cambios se acordaron el
    • 0:02pasado verano entre patronal y
    • 0:03sindicatos y es hoy cuando entran
    • 0:05en vigor los cambios en la
    • 0:07jubilación activa, demorada y
    • 0:09parcial revierte en el último
    • 0:10recorte de la reforma de pensiones
    • 0:12de 2013.
    • 0:13Y mejoran las condiciones de
    • 0:14jubilados y los trabajadores que
    • 0:16les relevan.
    • 0:17Por ejemplo, en el caso de la
    • 0:19jubilación activa, que permite
    • 0:21compatibilizar trabajo y pensión.
    • 0:23Se elimina el requisito
    • 0:25de tener una carrera de cotización
    • 0:27completa.
    • 0:28También mayores incentivos
    • 0:30en el caso de la jubilación
    • 0:32demorada o que se amplíe
    • 0:34de 2 a 3 años la posibilidad
    • 0:36de anticipar la edad de jubilación,
    • 0:38cuyo relevista además tendrá que
    • 0:40tener contrato indefinido y
    • 0:42a tiempo completo.
    • 0:43El siguiente punto que ahora
    • 0:45se negocia será el de la jubilación
    • 0:48flexible.
    • 0:48Los sindicatos hablan de alternativa
    • 0:51para que quien quiera aumente su
    • 0:53edad de jubilación y se adelante
    • 0:55en quien lo necesite.
    • 0:56Frente al aumento generalizado
    • 0:59de la edad de jubilación en los
    • 1:00países europeos.
    • 1:02Eliminar el último recorte que nos
    • 1:03quedaba el referido a la jubilación
    • 1:05parcial del año 2013.
    • 1:06Y esto ya se hace y además mejorando
    • 1:08las condiciones de salida de los
    • 1:10jubilados parciales, de las personas
    • 1:11jubiladas parciales y las
    • 1:13condiciones de entrada de las
    • 1:14personas que lo relevan con mejor
    • 1:16calidad de empleo.
    • 1:17Pero por otra parte, es una
    • 1:20configuración, junto con otras
    • 1:21muchas medidas que hemos ido
    • 1:22pactando en este último periodo,
    • 1:24que es una alternativa a lo que está
    • 1:26haciendo toda Europa.
    • 1:27Toda Europa está retrasando la edad
    • 1:28de jubilación de manera generalizada
    • 1:30a todo el mundo.

    Los cambios se acordaron en verano del año pasado con patronal y sindicatos

    Los cambios que afectan a la jubilación activa, la jubilación demorada y la jubilación parcial, unas medidas que buscan mejorar la compatibilidad de la pensión con el trabajo, entran en vigor este 1 de abril.

    Los cambios se acordaron en verano del año pasado con patronal y sindicatos y se aprobaron a final de año con entrada en vigor para este inicio de abril.

    Según recuerda el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en lo que se refiere a la jubilación activa -que permite compatibilizar durante un tiempo determinado la pensión y el trabajo una vez se accede a la situación de jubilación- se elimina el requisito de tener una carrera de cotización completa.

    Además, por cada año que se compatibilice trabajo y pensión se incrementara el porcentaje a aplicar en el percibo de la prestación, según una escala.

    Así, si la demora es de un año, el porcentaje correspondiente de la pensión será del 45 %; si es de dos, 55 %, si de 3, 65 %, si de 4, 80 % y, si la demora es de cinco o más años, podrá percibirse hasta el 100 % de la prestación.

    Otra novedad es que a partir de ahora este tipo de jubilación será compatible con los incentivos de demora.

    La nueva regulación introduce cambios también en la jubilación demorada, al dar la posibilidad de recibir un incentivo adicional del 2 % por cada seis meses de demora a partir del segundo año y no solo por cada 12 meses.

    También entran en vigor ahora los cambios en la regulación de la jubilación parcial.

    Así, se amplia de dos a tres los años de la posibilidad de anticipo de acceso a la edad de jubilación y se mejoran las condiciones del trabajador relevista, cuya contratación tendrá que ser indefinida y a tiempo completo.

    En este punto, los sindicatos han reclamado adaptaciones para poder llevarse a cabo en el caso del personal laboral público.