Desestimada la demanda de la familia de Eloy Palacio
La jueza considera probado que incurrió en una clara imprudencia temeraria
La familia de Eloy Palacio quería que los juzgados reconociesen que el bombero había fallecido en acto de valor, pero el Juzgado de los Social número 2 de Oviedo considera que la muerte fue consecuencia de una "imprudencia temeraria" del trabajador.
La sentencia establece que en el incendio de la calle Uría de hace dos años, Eloy y su compañero Juan Carlos Fernández, que resultó herido, desobedecieron las instrucciones recibidas de parte de sus superiores, que consistían en tratar de evitar la propagación de las llamas una vez el edificio donde se originó el fuego había sido dado por perdido.
A pesar de ello, decidieron salir de la cesta en lo alto del edificio, soltarse de las fijaciones de seguridad y tratar de apagar el incendio. Momento en el que se derrumbó el forjado.
La sentencia fija que el Ayuntamiento de Oviedo no vulneró ninguna medida de seguridad. La familia de Eloy Palacio percibirá, por lo tanto, los 18.000 euros que el seguro contratado por el consistorio establece en caso de fallecimiento. El abogado de los familiares ha confirmado que recurrirán la sentencia.