El Tribunal Supremo rebaja la pena para los principales condenados del 'Caso Renedo'
Los acusados podrán pedir la suspensión de la pena alegando entre otros, problemas de salud
El Tribunal Supremo ha rebajado las penas impuestas a cuatro de los cinco principales condenados por la trama corrupta del 'Caso Renedo', incluido el exconsejero socialista de Educación José Luis Iglesias Riopedre, aunque mantiene los nueve años de cárcel para la exfuncionaria Marta Renedo.
La Sala de lo Penal ha considerado acreditado que "quedó sustancialmente corrompido" el procedimiento de adjudicación de contratos de suministro y de obras en cuatro Consejerías del Principado.
Sin embargo, el tribunal ha rebajado algunas penas al estimar el concurso medial de algunos delitos y por vulneración de la presunción de inocencia en los casos en los que no fueron citados ante la Audiencia Provincial testigos directos de los hechos que para el Supremo eran "cruciales e imprescindibles".
La pena más elevada ha recaído en la exfuncionaria Marta Renedo, para la que se mantiene la condena de nueve años de prisión y multa de 480.000 euros.
El exconsejero Iglesias Riopedre ha visto reducida su condena de seis años a cinco años y dos meses de cárcel y multa de 400.000 euros, mientras que su número dos en el departamento, la exdirectora general María Jesús Otero, ha visto reducida su pena de nueve años y medio a cinco años y cinco meses.
Al empresario Víctor Manuel Muñiz Menéndez, propietario de Igrafo, se le reduce la pena de seis años y medio a cinco años y dos meses y multa de 1,5 millones, y al empresario Alfonso Carlos Sánchez se le rebaja de los seis años y medio a dos años y ocho meses de prisión y al pago de una multa de 1,9 millones.
El alto tribunal ha declarado probado que los empresarios Muñiz y Sánchez proporcionaron dádivas a María Jesús Otero y Marta Renedo a cambio de adjudicaciones en suministros de equipamientos, material y obras para las Consejerías por valor superior a dos millones de euros.
A través de este procedimiento, se acabó implantando un sistema mediante el que se corrompió la objetividad e imparcialidad en la adjudicación de los contratos de la administración pública ya que, en unos casos, los funcionarios condenados que percibían las dádivas adjudicaban con asiduidad los contratos de prestación a sus empresas.
En otras ocasiones, los funcionarios condenados consintieron que los empresarios no entregaran, total o parcialmente, el material y la mercancía que había adquirido el Principado, de tal forma que éste abonaba las facturas y no recibía a cambio el suministro comprado o la obra estipulada, por lo que los empresarios invertían una parte del dinero retenido o no entregado en dádivas y se quedaban con la otra parte.
La Sala ha estimado parcialmente los recursos de casación de algunas de las defensas al considerar que la Audiencia Provincial basó el grueso de la prueba de cargo sobre la falta de entrega de material en varios centros de enseñanza (IES) y en las declaraciones de los policías que acudieron a los institutos que, según el Supremo, eran testigos "referenciales".
Sin embargo, no tuvo en cuenta las declaraciones de los directores de los centros, secretarios y otro personal docente que, en opinión del alto tribunal, eran los testigos directos de los hechos investigados y, por tanto, eran "cruciales e imprescindibles".
En la misma sentencia también se condena al empresario Maximino Fernández, propietario de Asac Comunicaciones, a una pena de un año de prisión y se absuelve al hijo del exconsejero de Educación, Ernesto Iglesias González, del pago de casi cien mil euros a los que fue condenado por la Audiencia por su responsabilidad civil.
Las primeras irregularidades del 'Caso Renedo', la mayor trama de corrupción juzgada hasta la fecha en el Principado, fueron detectadas a principios de 2010 en la adjudicación de contratos, si bien el alto tribunal estima que empezaron a producirse en 2003 en el ámbito de las consejerías de Asuntos Sociales, Cultura, Administraciones Públicas y Educación.
La alta funcionaria del Principado fue detenida en enero de 2011 junto a Iglesias Riopedre, que dimitió cinco meses antes de su cargo de consejero alegando motivos de salud tras formar parte de los sucesivos gobiernos de Vicente Álvarez Areces, y María Jesús Otero.
Los condenados podrán pedir la suspensión de la pena alegando entre otros, problemas de salud
La Audiencia Provincial debe ejecutar la sentencia, y por tanto ordenar que todos los acusados con penas de cárcel, entren en prisión.
Una vez que se les comunique, cada condenado, en función a su situación personal podrá solicitar una suspensión alegando problemas de salud, o bien incluso, pedir el indulto y se decidira en cada caso.
Algunos de los condenados estudian acudir al Tribunal Constitucional, aunque eso no supondría la suspensión de esta condena..
La Fiscalía recuerdaba, poco antes de conocerse la sentencia, que es firme y debe ejecutarse. Lo que implica que los condenados deberán ingresar en prisión, salvo en los supuestos en los que se les pueda aplicar alguna suspensión de condena.
En este caso, al no tratarse de prisión preventiva o medidas cautelares, no será necesaria una vista previa. Será la sala, la Audiencia, la que pida directamente la ejecución de la condena.